Llega la regulación europea de criptoactivos

     

Las instituciones europeas están dispuestas a dar un salto adelante en el sistema financiero y monetario europeo y ya tienen lista la propuesta de regulación de criptoactivos en el marco de la Unión Europea.

 Proposal for a Regulation of the European Parliament and of the Council on piloto regime for market infraestructuras based on distributed ledger technology (Texto with EEA relevance) (COM (2020) 594 final / 2020/0267 (COD)) (updated 28 April 2021 )

 

Si echamos un vistazo atrás, aún resuenan los gritos y el descrédito que todo el mundo dio al Bitcoin cuando comenzó a popularizarse. Aunque en la actualidad  aún cuenta con reticencias y barreras oficiales, el Bitcoin ha conseguido, entre multitud de hitos históricos, la existencia de criptoactivos y hacer emerger la tecnología que lo sustenta, la cadena de bloques o blockchain 

Hoy las principales entidades financieras, así como corporaciones privadas de todo el mundo, trabajan con esta tecnología de base mucho más rápida, segura, escalable y transparente que la estructura cliente-servidor.

La Comisión Europea sin saltarse el «savoir faire» político que la caracteriza, y que a la vez la hipoteca, ha situado en las agendas institucionales y estatales, la primera propuesta de regulación de criptoactivos bajo el título «Marco de la UE para los criptoactivos«

Llegado a este punto, uno podría pensar que estamos ante la más importante transformación del sistema financiero y monetario desde el acuerdo de Bretton Woods. La realidad sin embargo, es que todavía estamos lejos de este objetivo tan necesario como imprescindible. 

Esta propuesta de regulación solo se enmarca en criptoactivos «stablecoin«, es decir estables. Para decirlo con otras palabras, solamente regulará aquellos criptoactivos creados bajo la tutela de activos FIAT; institucionalizados, controlables y dominados.

La evidencia de esta afirmación se da con los cuatro objetivos generales que se plantean:

  1. Proporcionar seguridad y claridad jurídica para promover el desarrollo seguro de los criptoactivos y la utilización de la Tecnología de Registros Descentralizados (TRD) en los servicios financieros
  2. Incentivar la innovación y la competencia legal mediante la creación de un marco propicio para la emisión de criptoactivos y la prestación de servicios relacionados con los mismos.
  3. Garantizar un alto nivel de protección de los inversores y de los consumidores y de integridad en el mercado.
  4. Eliminar los riesgos para la estabilidad financiera y la política monetaria que podrían derivarse de una mayor utilización de los criptoactivos y de la TRD.

El ADN de la regulación que se presenta en la mencionada regulación, nos dice que tendrá un recorrido limitado, entre otros motivos por que excluye la esencia y los motivos de existencia de los principales criptoactivos como Bitcoin, Ethereum, Cardano, Polskadot y tantos otros, que son la base de una nueva escuela de economía mundial, la criptoeconómica.

Es criticable que esta regulación se proyecta en la defensa del statu quo, cuando la ciudadanía y los europeístas esperamos y deseamos que Europa lidere, iniciando un camino que nos aleje de la dependencia de los unos y los otros.

Asimismo, es loable la valentía de la Comisión Europea para hacer frente a una realidad que sobrepasa toda institución pública y organización política, pero la autoprotección suministrada en la norma que se trabaja, así como su corta mirada, no frenará la creciente confianza en Bitcoin como reserva de valor, no frenará la inversión creciente en Altcoins como Ethereum, ni la popularización de otros criptoactivos digitales que ofrecen intangibles de valor, y prestaciones tecnológicas innovadoras, que impulsan y tutelan la transformación digital. 

Una transformación, la digitalización, que la propia Comisión Europea impulsa, tutela y proyecta.

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